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¿Si hay un testamento se inicia sucesión?

 

Siempre se debe iniciar la sucesión aunque haya un testamento, en este caso se denomina sucesión testamentaria.

¿Puede el testador disponer de todo su patrimonio? El testador puede solamente disponer del porcentaje que indica la ley sin afectar la legítima, esto es la parte de los bienes que le corresponden por ley a los herederos forzosos.

Por lo tanto en caso de existir:

 

  1.  Descendientes (o sea hijos del fallecido), el testador sólo puede disponer para los herederos testamentarios del 20% del patrimonio relicto.

  

  2.  Ascendientes o sea padres del difunto, el testamento puede abarcar hasta el 33,4%.

  

  3. Cónyuge, el testador dispone del 50%.

 

  4. Herederos no forzosos, el testamento puede incluir la totalidad de los bienes de la herencia.